Desde el 15 de enero, los chihuahuenses sumergidos en el proceso electoral

Se modificaron mas de 6 articulos para esto en Congreso


Desde el 15 de enero, los chihuahuenses sumergidos en el proceso electoral

Lily Dueñas
Septiembre de 2012, 13:37 pm

Chihuahua, Chih.- La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales presentaron el dictamen para reformar diversos artículos de la ley electoral, cambiando la fecha de inicio del proceso electoral en el Estado de Chihuahua.

Gabriel Sepúlveda Reyes mencionó los artículos son modificados de la siguiente manera:

Artículo 89.- Queda establecido que los partidos políticos deberán ser acreditar a sus representantes en el plazo general el día de la instalación Consejo Estatal Electoral.

La modificación en el Artículo 92 se expone lo siguiente: El consejo Estatal Electoral sesionará a partir del día 15 enero del año de la elección y hasta su terminación del proceso electoral.

En el artículo 123 quedo establecido el proceso Electoral en Chihuahua iniciaría el 15 de enero del año cuando se realice el proceso de elección.

Mientras tanto, el artículo 124 queda establecido que antes de realizar el proceso para elegir a los precandidatos para las precampañas, los partidos deberán informar por escrito al Instituto Estatal Electoral el procedimiento para elegir a candidatos en el caso para candidato a gobernador, deberá ser notificado a más tardar el 22 de enero.

Respecto al artículo 125, se estableció que las precampañas darán inicio a últimos 8 días de marzo para elección a gobernador; mientras que la primer semana de marzo, será para candidatos a diputados, ayuntamientos y síndicos.

El artículo 128, queda establecido que el Consejo General del IEE, determinará topes en gastos de precampaña de los candidatos, tomando en cuenta un informe que presentarán sobre el procedimiento interno en los partidos políticos.

Para el artículo 129, se acordó la Fiscalización de recursos para las agrupaciones políticas, quienes remitirán en diez días después de lo establecido, para así poder especificar las irregularidades encontradas en el proceso.

Y en el artículo 135, deberán presentar las plataformas de registro para los candidatos después de haberse instalado el Consejo Estatal Electoral del IEE.