Toño López podría ir a prisión por delitos electorales: INE

**El ahora diputado morenista en Puebla podría enfrentar otro problema con la ley: según la LGDE, quien rebasa los gastos de campaña autorizados comete un delito que, dentro del régimen legal de la 4T, debe castigarse con prisión preventiva oficiosa.


Toño López podría ir a prisión por delitos electorales: INE

La Crónica de Chihuahua
Octubre de 2021, 00:07 am

Por Karen Santos/
Buzos de la Noticia

Puebla, Pue.- José Antonio López Ruiz asumió el pasado 15 de septiembre, su representación popular como diputado local por el Distrito 20 en la LXI Legislatura del Congreso de Puebla; pero el gusto podría durarle poco porque, en los próximos días, el Instituto Nacional Electoral (INE) determinará si cometió o no delito electoral.

El siete de junio pasado, el Programa de Resultados Preliminares (PREP) del Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEEP) declaró como ganador a López Ruiz, de la Coalición Juntos Haremos Historia (CJHH), integrada por el Partido del Trabajo (PT), el Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), con una votación de 31 mil 895 sufragios en el Distrito Electoral 20, ubicado en la capital de Puebla.

Sin embargo, los partidos opositores pidieron el recuento de los votos y fue hasta el nueve de junio, después de que la presidenta suplente del consejo distrital del IEE se declaró incapacitada para realizarlo –la titular había renunciado la noche del ocho de junio– cuando se pidió al Consejo General del IEE que atrajera el recuento. Ahí empezó todo.

La elección en el Distrito 20, que comprende buena parte de las colonias más pobres de la zona sur de la capital, fue turbulenta desde el inicio, y así se mantiene hasta ahora. Antes de que el IEE atrajera el resultado, habían sido citados desde temprana hora en la sede distrital los ciudadanos capacitados para el recuento, quienes alrededor de las nueve horas fueron rodeados por decenas de patrullas de la Policía Estatal y 200 policías auxiliares provistos con armas largas.

La presencia de éstos se debió a que la presidenta suplente “oyó el rumor” de que electores inconformes asaltarían la sede del Consejo. Este hecho provocó que los representantes de los partidos políticos exigieran el retiro de las fuerzas policiales, con lo que se logró que el número de éstas se redujera a 80 elementos armados solo con toletes y escudos. Al final del día, el personal del IEE llegó por la paquetería electoral, pero se le “olvidó” la aplicación de los procedimientos legales ya que, como explicó Gerardo Saravia, director de la firma jurídica Comitia y abogado de la excandidata de Va Por Puebla por el Distrito 20, Soraya Córdova Morán, “se fueron sin que se observaran los elementos mínimos de la cadena de custodia”.

En palabras del abogado, se debió levantar un acta circunstanciada en la que se precisara la cantidad, las observaciones y las condiciones de los paquetes electorales, así como la designación del funcionario que tendría a su cargo el traslado, la seguridad y la entrega de los paquetes. “Pero lo hicieron al ‘ahí se va’, los botaron en una camioneta como pudieron y, aunque iba la policía alrededor, no se puede saber si los paquetes que salieron llegaron en las mismas condiciones, porque nadie iba al pendiente; debieron haber permitido el acompañamiento de los representantes de las opciones políticas, pero no fue así”.

Una vez en el Consejo Estatal no hubo acta con la cual comparar la paquetería y no se pudo formalizar la que debió aplicarse, sino otra y, después de varias horas de espera, se inició el conteo, el cual acortó la diferencia a mil 298 votos de López Ruiz sobre Córdova Morán, cifra equivalente al 1.67 por ciento del cómputo integral. Al no encontrarse elementos de peso que evidenciaran irregularidades, los candidatos de oposición aceptaron el resultado del recuento y fue declarado válido el triunfo del morenista.

Sin embargo, 43 días después, casi al término del plazo legal, el Instituto Nacional Electoral (INE) emitió los dictámenes de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) sobre los gastos de campaña de los candidatos y se difundió que López Ruiz había rebasado con 36.5 por ciento el tope de sus gastos, cifra equivalente a 94 mil 732 pesos y siete veces mayor al cinco por ciento permitido por la ley electoral.

Esta resolución disgustó al gobernador de Puebla, Miguel Barbosa Huerta, quien advirtió que le habían “cargado gastos” a los candidatos de su partido. “Tengo información, corroborada inclusive, de que el propio partido, la propia dirección, no sé a qué nivel, si es estatal o también nacional, le cargaron tanto al Distrito 20 y su candidato de Morena-PT, Toño López, gastos que nunca hicieron”. Incluso pidió que a los culpables de “un abuso de esta naturaleza, se les sancione con todo el peso de la ley”.

La lucha da frutos a futuro

Con el dictamen de la UTF, el equipo legal de Córdova Morán se dedicó a impugnar la validez de la elección con base en los Artículos 133° y 41° de la Constitución. El primero establece la supremacía constitucional, es decir, cualquier ley que se encuentre en la Carta Magna debe ser acatada por encima de “constituciones o leyes de las entidades federativas”.

El segundo determina que una elección puede ser anulada cuando se acredite el rebase del tope de gastos de campaña en un cinco por ciento del monto autorizado y cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al cinco por ciento. Con la invocación de estos artículos, se impugnó la elección ante el Consejo General del IEE, que a su vez lo turnó al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

Éste, de acuerdo con el abogado Gerardo Saravia, “de manera muy simplista, sin hacer un estudio de constitucionalidad, bajo el principio pro persona, de defensa del Estado de derecho democrático, decide desecharlo, de plano, y dice que es extemporáneo”. El TEEP adujo esto último: tanto el juicio de inconformidad, como el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía (JDC), deben promoverse dentro de los tres días posteriores al cómputo, como lo establece el Artículo 351° del Código Electoral de Puebla.

Sin embargo, el exmagistrado del TEEP, Gerardo Saravia, mencionó que el TEEP en turno ignoró que el Artículo 353° del mismo código, en el que se establece que el JDC puede promoverse tres días posteriores a que se tenga conocimiento del acto reclamado. “Por eso, su argumento tan simple, sin esfuerzo alguno de carácter intelectual y una falta de profesionalismo, es que el acto reclamado es el cómputo y la declaración de validez; pero pierden de vista que, al generarse un nuevo acto por parte del INE, que es la emisión del dictamen consolidado donde determina que hay rebase de tope de gastos de campaña, a partir de ese momento se tiene conocimiento de ello y se actualiza la causal de nulidad que deriva directamente de la Constitución”.

Fue así como se impugnó la resolución del TEEP y se buscó que el asunto se llevara directamente a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pues el plazo para resolver se acortó. La Sala Superior lo turnó a la Sala Regional del TEPJF y tras una sesión que duró más de 12 horas finalmente fue revocada la sentencia del Tribunal Electoral poblano.

En entrevista con buzos, Gerardo Saravia explicó que la resolución de la Sala Regional dio dos grandes frutos: el primero fue la revocación al TEEP, que era lo que se buscaba y el segundo sentó un precedente para futuras impugnaciones.

“Sentamos un precedente a nivel nacional, nunca había sucedido esto, es un caso inédito. Con esta resolución se sienta un criterio que va a ser un parteaguas de aquí en adelante, que es que cuando se promueva una inconformidad en contra de la validez de una elección por rebase de topes de gasto de campaña se puede hacer en dos momentos: tres días posteriores al cómputo correspondiente o bien hasta que el INE emita su dictamen consolidado; y eso está muy bien, es un precedente”, detalló.

Para Saravia, este criterio permite dos momentos para inconformarse. “Antes, los que se querían quejar lo hacían tres días posteriores al cómputo, pero sin elementos objetivos, porque el elemento objetivo es el dictamen y, al final de cuentas, lo desestimaban porque decían ‘son presunciones’, porque no hay un elemento objetivo de certeza hasta que llegaba el dictamen consolidado; pero resulta que, cuando eso sucedía, ya hasta habían tomado posesión de su cargo y se convertía en una irreparabilidad, porque ya no se podía echar para atrás esa decisión. Ahora ya se sienta un precedente y las cosas van a cambiar de ahora en adelante”.

Sin embargo, denunció que una vez que la Sala Regional revocó la decisión del TEEP y, en uso de su jurisdicción, analizó todos los agravios señalados, encontró que Antonio López no fue notificado, éste exigió derecho de audiencia, se le concedió y temporalmente se revocó el dictamen de la UTF. Pero el ocho de septiembre, la consejera del INE Adriana Margarita Favela Herrera señaló que “finalmente se concluyó que lo que las personas argumentaron no es suficiente para arribar a alguna otra conclusión”. López Ruiz volvió a pedir derecho de audiencia a falta de un anexo; y la Sala Regional determinó que no se podía anular la elección.

“Lo que ocurrió aquí, en este caso fue una chicana, una dilación, yo diría que dolosa del tiempo para que se consumiera, llegaran los plazos fatales y no se pudiera determinar el rebase de tope de gastos de campaña”, explicó Gerardo Saravia. Por lo que acudieron a la Sala Superior para denunciar esta resolución porque violenta la Constitución, así como diversos tratados internacionales a los que México está adscrito, pues en el caso de Córdova Morán no se otorgó una “justicia pronta, expedita, gratuita y completa”.

“No se trata de una persona, de un nombre, de un partido. Se trata de defender la Constitución, son tribunales constitucionales y, en esta ocasión, me consta, se pasaron la Constitución ‘por el arco del triunfo’. Esto da para un libro que se llame “Pifias jurisdiccionales en materia electoralˮ. Los magistrados jugaron con la democracia; la democracia no solo son elecciones, la democracia está conceptualizada como un constante mejoramiento de las condiciones de vida de toda la gente”, reclamó.

Y, ante la pregunta de qué hubiera hecho un Tribunal “verdaderamente responsable”, el exmagistrado explicó que primero debió acortar los plazos y luego “ejercer la plenitud de jurisdicción. Pero no fue así, en tres minutos dijeron que como ya habíamos agotado nuestro derecho de impugnación, ya no procedía. Los magistrados se convirtieron en decisores precoces”.

El Congreso… o la cárcel

Mano dura contra los corruptos y la erradicación de las viejas prácticas del pasado fueron dos de los principales compromisos de Andrés Manuel López Obrador durante su campaña para llegar a la Presidencia de la República. A tres años de su asunción y de ver a muchos políticos opositores llegar por montones a los reclusorios, ¿podrá verse en la misma situación a gente de su propio partido? La experiencia dicta que no; pues, hasta ahora, los morenistas han salido bien librados.

¿Será en Puebla la excepción?

Si el INE confirma el rebase de tope de gastos de campaña, “tendríamos un diputado en el Congreso de Puebla, que no es cualquier cosa, ya que se violentó la Constitución; y si no se respeta la Constitución no se va a respetar nada: la anarquía completa”, insistió Gerardo Saravia.

Además, Antonio López podría enfrentar otro problema con la ley. De acuerdo con la Ley General de Delitos Electorales (LGDE), quien rebasa los gastos de campaña autorizados comete un delito específico que, dentro del régimen legal de la llamada “Cuarta Transformación” (4T), debe castigarse con prisión preventiva oficiosa.

“Si alguien decide hacerlo, podría ir a la cárcel, recordando además que los diputados, también por la 4T, ya no tienen fuero… y, como es de oficio, porque es de conocimiento público, cualquiera lo puede denunciar ante la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) y podrían venir por él al Congreso y llevárselo preso”, indicó el abogado.

Pero la FEDE y el IEEP conocen otros antecedentes del morenista. Una semana antes, el representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el Consejo Distrital 20, en compañía de la ciudadana Luisa F., interpuso una queja ante el IEEP por probables faltas al código electoral cometidas por el entonces candidato a la diputación local.

En la denuncia se dice que, además de haber proferido en numerosas ocasiones “hechos falsos, ofensas y calumnias en contra de los candidatos de otros partidos”, en sus actos proselitistas ofreció que entregaría escrituras gratuitas e hizo uso de los programas sociales para coaccionar el voto.

Sobre esa misma coacción del voto fue denunciado ante la FEDE en las colonias del sur de la capital. En la denuncia efectuada por la ciudadana María L., se precisa que, en uno de sus mítines, el candidato morenista afirmó que se había “encontrado a unas señorasˮ y dijo “que también viven en la Unión Antorchista y que en una semana en la Unión Antorchista les voy a estar dando sus escrituras”.

En entrevista, la denunciante advirtió que cuando le preguntó al candidato sobre las escrituras, éste le pidió que le diera los papeles de su terreno y se encargaba de ello; pero como le aclaró que por el momento no contaba con ellos, López le propuso que mandara por WhatsApp un mensaje y los papeles a uno de los integrantes de su equipo, ya que por esta vía podía resolverse su asunto.

El día de las votaciones hubo denuncias, en las redes sociales, de que el equipo de campaña del entonces candidato de Morena entregó dinero a electores a la salida de varias casillas con la condición previa de mostrar una foto con la boleta marcada por este partido, además de que hubo “acarreo” masivo de personas en combis, y fue colocada propaganda electoral favorable a Morena.

Estas acciones evidencian que la única “transformación” realizada por Morena ha consistido en el cambio de partido en el gobierno, pero no en la forma de hacer política; ya que, en Puebla, los “hijos” favoritos del gobernador Miguel Barbosa son quienes creen tener derecho a ser y hacer de todo. Pero al menos uno de ellos, si así lo determina el INE, pronto vería terminada su carrera política para pasar una temporada tras las rejas.